Desfile de Carrozas en el Mes de la Dominicanidad

SENTENCIA, Bufete Jurídico  Internacional, ha participado en el cierre del mes de la Dominicanidad con una Carroza  dedicada a la integración y titulada “POR LOS DERECHOS DE LOS DOMINICANOS”.

El domingo 28 de febrero de 2010 el desfile ocupó el madrileño barrio de Tetuán , en un alarde de  ritmo música y baile, los dominicanos estuvieron de enhorabuena con la guinda  de fin de Fiesta. En la Plaza de la Remonta, D.Marcos Cross, Cónsul General de la R.Dominicana en Madrid, D.Cesar Medina, Embajador y algunos funcionarios del Gobierno de la Comunidad de Madrid , dijeron algunas palabras en pro de la comunidad dominicana y de la integración, así mismo Dña.Cynthia Favero Ballesteros,  y D.Gustavo Kolschinske , Dres. de SENTENCIA, Bufete Jurídico  Internacional,  en la cabecera del desfile, recorrieron a pie todo el camino . Tras ellos, las bandas musicales, las carrozas y cientos de disfrazados y bailarines llenaron de colorido  las calles de Madrid.

Copyright ©  2010  Cynthia  Favero Ballesteros.

Por los derechos de los dominicanos

Por los derechos de los dominicanos

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APROBADA LA NUEVA LEY DE EXTRANJERIA

Madrid 29/11/09

Y llegó el día en que finalmente se aprobó la temida ley de Extranjería anunciada. Nada novedoso que no esperáramos , mas recortes a los derechos, criminalización a los inmigrantes,  restricciones al derecho de reagrupación familiar, ampliación del plazo de los  internamientos, limitación al padrón de habitantes, más sanciones, todos un decálogo de Integración de los inmigrantes en España. De momento esperaremos al Reglamento estimado para dentro de 6 meses, seguro que  todavía nos pueden sorprender más.  

Fracaso pues de todos los intentos de las ONG y demás personas que han intentado el freno de este avance del retroceso en los derechos de todos los inmigrantes. Sin comentarios.

Cynthia Favero Ballesteros

SENTENCIA SL

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MODIFICADO EL REGLAMENTO DE CIUDADANOS COMUNITARIOS

Con el R.D 1161/2009, DE 10 DE JULIO (BOE núm. 177, de 23 de julio) se modifica el RD 240/2007, de 16 de febrero , SOBRE ENTRADA, LIBRE CIRCULACIÓN Y RESIDENCIA EN ESPAÑA DE CIUDADANOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA Y DE OTROS ESTADOS PARTE EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO.

La modificación responde a la necesidad de incorporar la Directiva Comunitaria  2004/38/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros .

La aplicación de lo establecido en el artículo 5.2 de la Directiva 2004/38/CE y el artículo 4.2, segundo párrafo, del Real Decreto 240/2007, ha evidenciado la necesidad de proceder a la modificación en relación con los ciudadanos de la Unión Europea nacionales de un Estado miembro en cuyo territorio no se aplica el Convenio de Schengen, ya que a sus familiares nacionales de terceros países no se les permite la entrada en España por las autoridades del control de fronteras sin la obtención previa de un visado de entrada, a pesar de ser titulares de una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.


Por el presente Real Decreto se procede a la modificación del artículo 4.2 del Real Decreto 240/2007 a los efectos de que la posesión de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión expedida por cualquier Estado miembro de la Unión Europea o por otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo exima a estos familiares de la obligación de la obtención de visado de entrada.

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Entra en vigor el Reglamento de la Ley de extranjeria

 24/ 07/2009 .

Tras su publicacion en el BOE, ya se encuentra en vigor la modificación  del Reglamento de Extranjería Real Decreto 1162/2009 de 10 de julio.

Con mucha literatura relacionada con la atribución de la competencia para la resolución de las autorizaciones inciales de trabajo a las comunidades autonomicas que tienen competencias atribuidas en la materia (Cataluña y Andalucía) y poca soluciones para los extranjeros ante la crisis, las únicas novedades  reales fuera de que a partir de ahora concurrirán 2 adminsitraciones públicas , la laboral autonómica y la estatal en materia de residencia  , son las siguientes:

1.-Los extranjeros que no tengan contrato de trabajo al renovar sus permisos y puedan acreditar que han cotizado 9 meses de los ultimos 12, o 18 meses de un periodo de  24, y acrediten haber buscado actvamente empleo  y no serle imputable la ruptura de la relación laboral.

2.-Tambien podrán renovar cuando el cónyuge cumpliera con los requisitos económicos para reagrupar al trabajador .(Imaginamos que le renovaran la autorizacion de trabajo y no que les concederán únicamente la autorización de residencia, cuestión que no se aclara debidamente a nuestro criterio) .

3-Se exigirá 1 año de residencia legal para modificar el permiso temporal de residencia al de trabajo y residencia (no comprende a los reagrupados, quienes no tienen esta limitación temporal) Salvo que se acredite una necesidad sobrevenida de trabajar para garantizar su subsistencia.

4-Se exige a los portadores de tarjeta de familiar de ciudadano de la Union, que cese dicha condición para modificar su permiso a un extracomunitario por cuenta ajena o propia.

5.-Se permite modificar excepcionalmente la autorización inicial de trabajo  de propia a ajena y viceversa  antes de la renovación si se acreditan circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia.

6.-Se podrá autorizar a trabajar dentro del propio permiso de residencia, a los reagrupados que cuenten con una oferta de empleo a tiempo parcial o inferior a 1 año, pero no será independiente del reagrupante hasta que el contrato no cumpla las condiciones exigidas.

Copyright © Sentencia S.L.

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Y ahora le toca al Reglamento!!!

Pues sí que estamos de para bienes, como si ya no fuera suficiente con la modificación de la Ley, también se modifica  el Reglamento de Extranjería cuya reforma ha sido aprobado por el Consejo de Ministros.En realidad , esta prisa por reformar el reglamento antes de tener aprobada la nueva Ley, responde al compromiso del Gobierno de traspasar la competencia para resolver sobre las autorizaciones de trabajo a las autonomías , concretamente Cataluña y Andalucía,aunque se excluyen determinados supuestos. Por lo que ,   se pondrá a prueba la cordinación admisnistrativa entre 2 admisnistraciones, la estatal y la autonómica,ya de por sí , con escasos medios informáticos, amen de que  el otorgamiento del respectivo permiso de residencia seguirá siendo de competencia estatal, lo que puede dar lugar a la adopción de diferentes criterios que haga que los extranjeros “emigren” a aquellas provincias que sea más facil la obtención del permiso de trabajo sin que haya un criterio nacional al respecto , amen de la generación de dudas varias sobre competencia . Veremos en que acaba la cosa….

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dominicano con residencia permanente e hijo de españoles DEPORTADO

3/07/2009

La semana pasada fuimos testigos de una situación absolutamente absurda y surrealista poco imaginable y desde luego tremendamente injusta.

Un ciudano dominicano que había cumplido condena en prisión, portador de residencia permanente e hijo de españoles, fue esperado en la propia salida de prisión y el día de cumplimiento de su condena por funcionarios policiales, que , previa incoación de expediente de expulsión  por estancia ilegal tras una muy discutible revocación administrativa de su permiso permanente , le condujo directamente a dependencias policiales y dentro del plazo de 72 hrs y sin vista de internamiento ni necesidad de ella pues no transcurrió el plazo, pusieron en un avión directo a dominicana en plena indefensión, con resoluciones administrativas no firmes.

El horror no se limita ya a los inmigrantes irregulares , alcanza también a los que residen legalmente y hasta los que tienen padre y madre española !!!!! A donde vamos a llegar….  

Alguien tendrá que responder jurídica y económicamente a  ésta autoridad sin límites  de los funcionarios policiales (con o sin ordenes de sus superiores ), a esta falta de control absoluto  por parte dela autoridad judicial y a esta despreocupación por los derechos de las personas,que estamos viviendo en España, o Italia y su Ley de extranjería se va a convertir en Blanca Nieves comparada con nosotros.

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La ciudadana colombianana y su hija española de vuelta a colombia

Madrid 3/07/2009

Esperpenticas situaciones se viven a diario como la de ésta ciudadana colombiana que llegó a Barajas solicitando asilo pues la vida de ella y de su hija española de 2 años, corría peligro. El asilo fue denegado y la madre se vió en la disyuntiva de dejar entrar a su hija en España pero sin su  protección y custodia  o regresarse ambas a Colombia, que fue lo que finalmente sucedió.

Es evidente que la entrada en España por razones humanitarias cada vez se vuelve más utópica!!

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La frontera española cada vez mas infranqueable

Es evidente el endurecimiento de la política de admisiones en frontera, que practicamente tiene cerrada a los venezolanos el ingreso a España, entre otros. En el caso concreto que mencionamos, los venezolanos sólo pueden salir portando 400 euros de Venezuela, cantidad a todas luces insuficiente para sufragarse una estancia en España, pero vienen con sus tarjetas de crédito por disponibles de 2500 USS, pero sin los certificados bancarios que acrediten los maximos de disponibilidad de sus tarjetas o los saldos corrientes, más que suficiente para denegar la entrada por falta de cumplimiento de los requisitos de entrada a cientos de venezolanos que nos frecuentan en estas fechas veraniegas. A todos ellos , les rogamos obtengan información previa antes de viajar, no se contenten con la información del consulado español en origen (esto vale para todas las nacionalidades) pues desconocen en la mayoría de las ocasiones cual es la normativa española cuando de paises sin visado turístico se trata. Contacten con nuestro  despacho a través de sus amigos o familiares residentes o  españoles   para que podamos evitar devoluciones y rechazos innecesarios y entre cumpliendo con los requisitos que exige España en materia de entrada.

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APROBADA EN EL CONGRESO LA REFORMA DE LA LEY DE ASILO

La Ley  será enviada ahora al Senado y se preve que antes de fin de año pueda estar promulgada.

contiene algunas ligeras mejorías, sobre orientación sexual, identidad sexual y género; introduce el reagrupamiento familiar, da un tratamiento especial a todo lo que tiene que ver con los menores y personas con discapacidad , y reconoce la participación de las Comunidades Autónomas”. Por otra parte, restringe  las solicitudes en embajadas, amplia  los supuestos de exclusión e inadmisión y  no reconoce a los ciudadanos de la Unión Europea como sujetos de este derecho.

La reforma, contempla la elaboración de un listado de  “países seguros” a cuyos nacionales se les denegará automáticamente la petición ,pese a la Sentencia  del 2008 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que no acepta la creación de estas listas.

CEAR y Amnistía Internacional critican también la ampliación que contempla el proyecto de ley de los plazos de detención en la frontera, el establecimiento de formas diferentes de solicitar el asilo dependiendo del lugar donde se haga la tramitación, el aumento de las causas que deniegan el asilo, y que se reduce de 3 meses a uno el plazo para solicitarlo desde que se pisa territorio español.

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FIRMADO EL CONVENIO MULTILATERAL IBEROAMERICANO DE SEGURIDAD SOCIAL

28/06/2009. La firma de este convenio permitirá cubrir las  prestaciones de carácter contributivo de invalidez, vejez, supervivencia y accidentes de trabajo y enfermedad profesional para una población cercana a los 600 millones de habitantes.

Muchos de los extranjeros que trabajan en España ya disponían de esa protección por los convenios bilaterales que España tiene con muchos paises latinoamericanos, mientras que otros quedaban descubiertos, aunque su firma no supone la desaparición de los Convenios Bilaterales ya vigentes, en la medida en que sean más favorables para los posibles beneficiarios que las disposiciones del Convenio Multilateral.

En la actualidad, España tiene firmados convenios bilaterales  con Argentina,  Brasil, Colombia, Chile, República Dominicana, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela.

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